martes, 15 de mayo de 2012

UCV, autonomía y elecciones rectorales


En marzo de 1959, la UCV eligió por primera vez en su historia republicana a sus autoridades rectorales. La nueva Ley de Universidades de diciembre de 1958, no sólo establecería el ejercicio pleno de la autonomía universitaria, sino que estipulaba la convocatoria del claustro de docentes y de un grupo de estudiantes, seleccionados previamente por el universo estudiantil. Ha transcurrido medio siglo de similares jornadas académicas, con modificaciones en el camino, en cuanto al voto proporcional de todos los estudiantes.

En estos 50 años de ejercicio democrático y plural, la UCV y las otras universidades nacionales autónomas, sufragan a menudo para seleccionar miembros de su comunidad, que han de desempeñar diversas funciones, que garanticen en lo posible el progreso, la innovación, en fin, una academia de calidad, que avanza en el presente y planifica el futuro institucional. Esa es nuestra naturaleza y nuestro deber.

Cada familia aspira y demanda de nosotros, el mejor de los aprendizajes para sus hijos. No somos políticos ni podemos imponer credos o doctrinas únicas. No obstante, como miembros integrales de la sociedad civil tenemos el derecho de expresar libremente posiciones políticas.

Es este el espíritu que subyace en la convocatoria que la Comisión Electoral de la UCV presentó a la comunidad ucevista para elegir el 8 de junio (y el 15 de junio para una segunda vuelta en caso necesario), un nuevo equipo rectoral para el lapso 2012-2016.

Consustanciados con la significativa mayoría de los venezolanos que rechazó en noviembre de 2007 la propuesta del chavismo de un Estado y una docencia "socialistas", no sólo ejercimos un recurso de nulidad de la Ley Orgánica de Educación en el año 2010 (hasta la fecha congelado por el TSJ), sino que los escritos, declaraciones y manifestaciones públicas de cientos de miles de universitarios a escala nacional llevaron al Presidente de la República, el 4 de enero de 2011, a declarar inaplicable, vetar y devolver a la Asamblea Nacional el proyecto de la ley especial de universidades.

En ambos textos, como parte de la fracasada intentona gubernamental de acabar con el régimen autonómico que rige nuestras universidades públicas, y en particular con el músculo universitario por excelencia que son sus docentes, la Sala Electoral ha pretendido imponer el descabellado régimen de igualdad de condiciones entre los electores (numeral 3 del artículo 34 de la LOE), que incluye a profesionales, empleados y trabajadores, lo que viola flagrantemente el artículo 109 de la Constitución Nacional, que contempla a docentes, estudiantes y egresados de la "comunidad universitaria" para asuntos de estricto carácter académico.

El artículo 109 permite, además, que las propias universidades establezcan reglamentos electorales y las proporcionalidades respectivas.

Así, desde el año 2010 la Sala Electoral ha inducido un caos nacional sin precedentes, al suspender procesos electorales en más de diez universidades públicas, evadir la instauración democrática de elecciones en las universidades oficialistas y, en cuanto a la UCV, suspender las elecciones decanales y de Consejo de Apelaciones y "ordenar" aplicar la LOE a las elecciones rectorales.

Nuestra respuesta al TSJ (08-05-12) es categórica. Un amplio debate en toda la comunidad sobre el impacto de esa sentencia (documento del Consejo Universitario) y la eventual redacción de un reglamento electoral ucevista.

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